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Origen y evolución histórica
El origen de este derecho puede remontarnos a la prehistoria, donde aún antes de una clara percepción del mismo, se destaca la inconfundible necesidad de ejercerlo para asegurar la supervivencia individual y tribal.

El derecho a una vivienda digna es un derecho que aparece, como tal derecho, muy tardíamente.

Teniendo en cuenta una historia reciente y breve, desde finales de la segunda guerra, los planes y políticas de viviendas apoyados por entes públicos y cooperativas, particularmente en Europa, se reflejan en la Declaración Universal que se limita a hablar del derecho a la vivienda sin más.

Ya con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales en 1966, se califica a tal vivienda como "adecuada", a la que la Constitución Española de 1978 le añade el calificativo "digna".

Por otra parte, si bien desde la Declaración Universal se vincula el derecho a la vivienda con la familia, es recién en la Constitución de Paraguay de 1992, cuando se la considera un bien familiar inembargable.

En el derecho histórico español no aparece recogido en las Constituciones del siglo XIX. El comienzo de su reconocimiento normativo tiene lugar durante el régimen dictatorial del general Franco, siendo citado en la Declaración XII, 2 del Fuero del Trabajo y en el artículo 31 del Fuero de los Españoles.

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