Objeto
Los bienes de la personalidad protegidos a través de este derecho
son básicamente los siguientes:
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El bien de la personalidad básico o fundamental protegido no es
otro que la libertad. Pero la libertad en su dimensión de exclusión
o de autonomía de la voluntad.
La misma raíz etimológica de la palabra autonomía
es elocuente: de autos-nomos: capacidad de legislarse a sí mismo.
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Las cultura.
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La educación.
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Todos los demás bienes de la personalidad en cuanto que consecuencia
o derivación de la protección de los antes citados.